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Requisitos

Para ser admitidos los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Deberán gozar de los mismos durante todo el procedimiento selectivo, con excepción de los referidos a la edad y al carné de conducir:
 

  • Tener la nacionalidad española.
  • Compromiso de llevar armas, que se tomará mediante declaración jurada o promesa.
  • Título de Bachiller, Técnico o equivalente.
  • Carecer de antecedentes penales o tenerlos cancelados.
  • Ser mayor de edad y no superar los 57 años antes de que finalice el plazo de presentación de instancias.
  • No estar inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de la función pública, ni haber sido separado del servicio de ninguna administración pública mediante expediente disciplinario. Será aplicable, sin embargo, el beneficio de la rehabilitación en los términos y condiciones establecidos legalmente.
  • Estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,52 las mujeres.
  • Cumplir las condiciones exigidas para el ejercicio de las funciones encomendadas de acuerdo con lo determinado en la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de Canarias, en las disposiciones que la desarrollan, así como en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y demás normativa aplicable.
  • Estar en posesión del permiso de conducción clase B y A2, o estar en condiciones de obtenerlo antes de la toma de posesión como funcionarios en prácticas y prestar declaración jurada de utilizar los vehículos que correspondan a dichos permisos de conducción.
  • El índice de corpulencia exigible a los aspirantes no podrá ser superior al 28, calculado como peso (en kilogramos) /altura (al cuadrado, en metros). Este requisito será acreditado mediante la aportación de certificado médico.
  • Están permitidos los TATUAJES que sean VISIBLES vistiendo el uniforme, siempre que no contengan expresiones contrarias a los valores constitucionales, que atenten contra la disciplina o la imagen del Cuerpo.

Proceso selectivo

La selección se llevará a cabo mediante el sistema de oposición libre y el proceso selectivo constará de las siguientes fases:

1. Oposición.
2. Curso Selectivo.
3. Periodo de Prácticas.

 

1) Fase de Oposición.
Esta fase constará de las siguientes pruebas, que se desarrollarán con el orden que se establece a continuación:

1.1) Aptitud Física.
1.2) Psicotécnica.
1.3) Conocimientos.
1.4) Idiomas.
1.5) Reconocimiento Médico

 

1.1. PRUEBA DE APTITUD FÍSICA
Esta prueba consistirá en la realización de los ejercicios físicos siguientes, por el orden que se señala:

- Salto horizontal.
- Flexiones de brazos (hombres) y flexiones de brazos mantenidas (mujeres).
- Resistencia aeróbica (Test de Cooper).
- Adaptación al medio acuático (natación de 50 metros de estilo libre).

Este ejercicio será eliminatorio y calificado como Apto o No Apto, siendo eliminados los aspirantes que, en cualquiera de las pruebas físicas, no alcancen la marca mínima establecida para cada prueba.

El mismo día de la celebración de este ejercicio y con anterioridad al inicio del mismo, se realizará el tallado de todos y cada uno de los aspirantes por los miembros del Tribunal. A dichos efectos, se marcarán en una pared vertical las medidas mínimas establecidas por las presentes bases para cada sexo. Los aspirantes, totalmente descalzos y sin nada en la cabeza, irán tallándose por el orden que al efecto se haya establecido, según lo señalado anteriormente, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen la estatura mínima prevista en estas bases. La ejecución de cada uno de los ejercicios que integra la prueba de aptitud física será pública.

Igualmente se realizará la comprobación del índice de corpulencia, que no podrá ser superior a 28, quedando eliminados quienes lo superen.

El día de las pruebas físicas, el aspirante deberá presentarse provisto de ropa deportiva, gorro y zapatillas de piscina y entregar al Tribunal un Certificado Oficial Médico, expedido dentro de los 15 días anteriores a las pruebas físicas, en el que se haga constar que el candidato reúne optimas condiciones físicas para realizar las distintas pruebas físicas. De no presentarse el Certificado Médico, el aspirante será automáticamente excluido del proceso selectivo.

Las pruebas físicas para las oposiciones policía local son:

  • Salto horizontal

Desarrollo: El aspirante se situará detrás de una línea sin pisarla con los pies a la misma altura y ligeramente separados. Desde esta posición se realizará un salto hacia delante lo más lejos posible a base de un movimiento explosivo de extensión de caderas, rodillas, y tobillos, ayudándose con un lanzamiento de brazos en la misma dirección. Se cae sobre la planta de los pies permitiéndose apoyar cualquier parte del cuerpo con posterioridad.

Valoración: Se anotará en metros y centímetros la distancia alcanzada, redondeando siempre hacia el número entero inferior, teniéndose en cuenta que se mide perpendicularmente desde la huella más cercana de la línea de salida hasta la línea de batida o su prolongación, siendo el mínimo el que refleja la tabla de baremos, se consideran no aptos aquellos que no alcancen las distancias mínimas o  se incumplan los requisitos de realización de la prueba.

Observaciones y Penalizaciones: Se permiten dos intentos. En caso de superar la prueba en el primer intento, se dará como apta la misma, no permitiéndose hacer uso de un segundo intento para mejorar la marca conseguida.

  • Flexiones de brazos (hombres) y flexiones mantenidas de brazos (mujeres)

Los hombres se colocarán en suspensión completa agarrando una barra fija paralela al suelo con las palmas de las manos al frente y con total extensión de brazos. La separación de las manos deberá ser ligeramente superior a la anchura de los hombros. Desde la posición de partida, el aspirante  realizará el mayor número de flexiones de brazos, asomando la barbilla por encima de la barra y extendiendo completamente los codos al volver a la posición inicial.

Las mujeres se colocarán con los brazos flexionados con presa de manos con palmas hacia atrás intentando mantenerla el mayor tiempo posible. Las piernas deberán permanecer completamente extendidas y sin tocar el suelo. La barbilla por encima de la barra y sin tener contacto con ella.

Penalizaciones y Observaciones:

En los aspirantes hombres no se contará como repetición las siguientes actuaciones.

  • Realizar balanceo del cuerpo para ayudar la flexión que supere 0,5 metros.
  • Impulsarse con las piernas durante la flexión.
  • No sobrepasar completamente la barbilla por encima de la barra.
  • No extender completamente los codos al volver a la posición inicial.
  • Realizar una hiper-extensión de la musculatura extensora del cuello a fin de lograr asomar la barbilla por encima de la barra sin haber logrado una flexión total del codo.

 

  • Resistencia Aeróbica (Test de Cooper)

Consta de una carrera durante un período de doce (12) minutos la mayor distancia posible en un espacio plano y con una distancia delimitada (pista de atletismo). Los aspirantes serán organizados en grupos no superior a 10 personas. Cada sujeto, a indicación del controlador, se colocará detrás de la línea de salida.Se anotará la marca conseguida por los aspirantes en metros, valiéndose para ello de marcas o segmentos de medidas establecidos y expuestos previamente.

Penalizaciones y Observaciones: Tan solo se permitirá un intento. La prueba se invalidará en los siguientes casos:

  • Abandonar voluntariamente la pista durante la carrera.
  • Cuando un mismo candidato realice dos salidas falsas.
  • No llegar a superar el mínimo establecido.
  • Golpear, empujar o intervenir negativamente obstruyendo o impidiendo a otro participante su avance normal. Si durante la carrera se descalifica a un competidor por alguna de estas razones, el Juez-Árbitro tendrá el poder para disponer que se efectúe de nuevo, con la excepción del participante descalificado, o permitir a los participantes afectados por la acción que provocó la descalificación (con la excepción del descalificado), realizar de nuevo la prueba tras su realización por el resto de aspirantes.
  • Prueba de Natación

Medir la velocidad de desplazamiento en el medio acuático del aspirante en una distancia de 50 metros, estilo libre.

Penalizaciones y Observaciones: Se permiten dos intentos, sólo en el caso de no superar la marca mínima en el primer intento, se podrá realizar un segundo intento al final del resto de aspirantes. La prueba se invalidadará en los siguientes casos:

  • Utilizar elementos auxiliares que considere el Tribunal previamente a la realización de la prueba que aumente su velocidad o ayude en la prueba de natación.
  • El aspirante se apoye para descansar o tomar impulso en algún lugar tales como corcheras o bordes.
  • El aspirante toque o descanse con los pies en el fondo.
  • Cuando realice un mismo candidato dos salidas falsas.
  • No terminar la prueba de natación en la misma calle de salida.
  • No superar los mínimos establecidos en la tabla de baremos por edades.

 

1.2. PRUEBA PSICOTÉCNICA

Este ejercicio será de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en la realización de pruebas que determinen, mediante su evaluación, que las aptitudes, actitudes y rasgos de personalidad de los aspirantes son los más adecuados para el desempeño del puesto de trabajo de Policía Local, determinando la calificación de los aspirantes en aptos o no aptos. Quienes sean declarados no aptos quedan eliminados del proceso selectivo.

 

1.3. PRUEBA DE CONOCIMIENTO.

La prueba de conocimiento consistirá en la realización de ejercicios teóricos y prácticos, de carácter obligatorio y eliminatorio cada uno de ellos, cuyo contenido versará sobre las materias comunes y específicas que permitan determinar la capacidad profesional de los aspirantes, así como la normativa específica relacionada con las funciones a desempeñar.

La puntuación final será la suma de ambos ejercicios, una vez estén superados.

- 1º Test.

Consistirá en la contestación a un cuestionario de 50 preguntas concretas en un tiempo de 50 minutos extraídas del temario. Las preguntas constarán de tres alternativas de respuesta donde solo una de ellas será correcta.

Cada respuesta correcta será calificada con 0,20 puntos y cada respuesta errónea restará 0,05 puntos. La calificación será de 0 a 10 puntos, debiendo alcanzar al menos un 5 para superar esta prueba.


- 2º Supuesto práctico.

Consistirá en la realización por escrito de dos casos prácticos, a propuesta del Tribunal, que versarán sobre alguno de los contenidos de los temas. El tiempo de desarrollo para esta prueba será de dos horas.

La calificación será de 0 a 10 puntos, debiendo alcanzar al menos un 5 para superar esta prueba.

 

1.4. PRUEBA DE IDIOMAS.

Este ejercicio será voluntario y no eliminatorio.

El aspirante indicará en su solicitud el idioma (a elegir uno solo, entre inglés y alemán) por el que opta para la realización del presente ejercicio. De no especificar ninguno, se entenderá que no realizará el ejercicio.

La puntuación será valorada con un máximo de 2 puntos, que se adicionarán a la puntuación total obtenida por el aspirante en las demás pruebas de la fase de oposición. Será realizado por un licenciado, con experiencia en la docencia, en el idioma elegido por el aspirante en la instancia de solicitud de participación en el proceso selectivo. El asesor será solicitado a la Escuela Oficial de Idiomas, Facultad de Filología o Colegio Oficial correspondiente y su designación deberá ser publicada en Boletín Oficial de la Provincia por si concurriera alguna de las causas de abstención o recusación.

Contenido de la prueba.
La prueba de idiomas consistirá en la comprensión de un texto de dificultad intermedia. El texto será de un mínimo de 250 palabras en un lenguaje relacionado con la profesión policial.

La prueba constará de dos apartados en los que se evaluarán principalmente los siguientes aspectos:

  1. a) El reconocimiento del significado de algunas frases de uso común en la lengua de que se trate, procurando que el aspirante deba expresar en la misma con sus propias palabras el significado de una expresión que aparezca en el texto.b) La capacidad de extraer y comprender información específica del texto propuesto respondiendo a preguntas relativas al contenido del mismo. El aspirante responderá a las preguntas de comprensión del texto usando sus propias palabras, evitando, en la medida de lo posible, la repetición exacta de las palabras del texto. Todas las preguntas serán planteadas y respondidas en la lengua sobre la que verse la prueba.

Los textos y preguntas propuestos versarán sobre los aspectos del idioma inglés o alemán que los integrantes del Cuerpo de Policía deben dominar, entre los que se encuentran:

  • Preguntar por (y comprender) los datos personales de su interlocutor (nombre, nacionalidad, dirección, teléfono, edad, estado civil).
  • Indicar con precisión cómo llegar a un determinado lugar.
  • Preguntar por el estado físico de una persona.
  • Preguntar por el aspecto físico y la indumentaria de las personas y comprender las descripciones ofrecidas.
  • Entender las descripciones de hechos relativos a pérdidas, quejas, robos, accidentes y agresiones.
  • Dar instrucciones que contribuyan a evitar pérdidas, robos, accidentes y agresiones.
  • Informar al interlocutor sobre las infracciones cometidas.

 

1.5. RECONOCIMIENTO MÉDICO

Pasarán a la presente prueba todos los aspirantes que hayan superado las pruebas de la fase de oposición.
De carácter obligatorio y eliminatorio, consistirá en un reconocimiento médico exhaustivo en el que se determinará la existencia o inexistencia de alguna causa de exclusión de los aspirantes por enfermedad o defecto físico que impida o dificulte el normal desarrollo de las funciones policiales.

La no presentación al reconocimiento médico, o la negativa a realizar las pruebas estipuladas, supondrá la exclusión de la oposición.

Temario

  TEMARIO PARTE GENERAL

Tema 1. La Constitución Española. El Título Preliminar. Los derechos y deberes fundamentales. La dignidad de la persona. La nacionalidad y la mayoría de edad. Derechos y libertades de los extranjeros en España.

Tema 2. El derecho a la vida y a la integridad física y moral. La libertad ideológica y religiosa. Los derechos de libertad personal. Los derechos al honor, a la intimidad y a la propia imagen. El derecho de libre residencia y circulación. Las libertades de expresión e información. El derecho de reunión y manifestación. El derecho de asociación.

Tema 3. Garantías de las libertades y Derechos fundamentales. El Defensor del Pueblo. La suspensión de los derechos y libertades. Estado de sitio, estado de excepción y estado de alarma.

Tema 4. La Corona. Las Cortes Generales: el Congreso de los Diputados y el Senado. Composición y funcionamiento. La circunscripción electoral. Inviolabilidad e inmunidad.

Tema 5. El Gobierno de España. Composición y Funciones. Control jurisdiccional. Audiencia de los ciudadanos. La organización territorial del Estado.

Tema 6. El Poder Judicial. El Ministerio Fiscal: composición y funciones. El Tribunal Constitucional: composición y funciones. El Tribunal Supremo. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias: composición y funciones.

Tema 7. El Estatuto de la Comunidad Autónoma de Canarias. La reforma del Estatuto de la Comunidad Autónoma de Canarias. Las Instituciones de la Comunidad Autónoma. El Parlamento: composición y funciones. El Gobierno de Canarias: composición y funciones. Los Cabildos: composición y funciones.

Tema 8. La Administración del Estado. Estructura y funciones. Las Comunidades Autónomas. La Administración autonómica. Distribución competencial entre el Estado y las Comunidades Autónomas. La Administración Local. Colaboración, cooperación y coordinación entre Administraciones.

Tema 9. El acto administrativo. Validez, nulidad y anulabilidad del acto administrativo. Notificación de los actos administrativos y cómputo de los plazos. El procedimiento administrativo y los recursos administrativos.

Tema 10. La jurisdicción contencioso-administrativa. Procedimientos ordinarios y especiales. El proceso contencioso-administrativo. Las partes, actos impugnables. La ejecución de la sentencia.

Tema 11. Las Administraciones Públicas Canarias: Comunidad Autónoma, Cabildos Insulares y Ayuntamientos. La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias: organización y competencias.

Tema 12. Elementos del municipio. Territorio y población. Organización municipal. Competencias municipales. Atribuciones del Alcalde. Atribuciones del Pleno del Ayuntamiento. Junta de Gobierno Local, composición y atribuciones.

Tema 13. El estatuto de los miembros de las Corporaciones locales. Personal al servicio de las Entidades locales. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Incompatibilidades. Régimen estatutario.

Tema 14. Las Ordenanzas municipales. Reglamentos y Bandos. Procedimiento de elaboración y aprobación. Régimen sancionador. Clasificación de las infracciones. Sanciones. Licencias o autorizaciones municipales: tipos y actividades sujetas.

Tema 15. Los Municipios Canarios. Sesiones de los órganos municipales. Adopción de acuerdos. Información y participación ciudadana.

 

TEMARIO PARTE ESPECÍFICA

RÉGIMEN JURÍDICO DE LA POLICÍA: Cuerpos y Fuerzas de Seguridad

Tema 1. Normativa sobre los Cuerpos y fuerzas de seguridad. Disposiciones generales. Principios básicos de actuación. Disposiciones estatutarias comunes. Los Cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado. Las funciones. Escalas. Sistema de acceso. Los derechos de representación colectiva. El Régimen disciplinario.

Tema 2. Sistema Canario de Seguridad y Emergencias: Sistema Canario de Seguridad. Las policías de las Comunidades Autónomas: previsión estatutaria. Funciones. Régimen estatuario. La coordinación y la colaboración entre las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado y los cuerpos de policía de las Comunidades Autónomas. Órganos de coordinación.

Tema 3. Las Policías Locales de Canarias: estructura y organización. Derechos y deberes de sus miembros. Acceso, promoción y movilidad. Régimen disciplinario: faltas y sanciones. Procedimiento sancionador. Coordinación de las Policías Locales de Canarias. Modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de Canarias. La Academia Canaria de Seguridad.

Tema 4. Normativa sobre protección de la seguridad ciudadana. Actividades de la Policía Local en materia de protección de la seguridad ciudadana. Regulación de la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos y su normativa de desarrollo.

Tema 5. La policía judicial. Integrantes de la policía judicial y funciones. El atestado policial: contenido y partes. Conocimiento de la Autoridad judicial o del Ministerio Fiscal: plazos y sanciones por incumplimiento.

Tema 6. El sistema de protección civil. Normativa básica de Protección Civil y sus normas de desarrollo. El Sistema Canario de Emergencias: principios básicos. Conceptos y contenidos básicos de los planes de emergencia.

Tema 7. Las relaciones entre policía y sociedad. Policía comunitaria o de proximidad. Sistemas de patrullaje. Recogida y tratamiento de datos. Creación y gestión de archivos. Protección de datos de carácter personal.

Tema 8. Deontología policial: ética y actividad policial. Policía y sistema de valores en democracia. Resoluciones y recomendaciones de la Asamblea parlamentaria del Consejo de Europa, y de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre deontología policial.

DERECHO PENAL Y PROCESAL

Tema 9. Los delitos y sus penas. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal: atenuantes, Agravantes y Eximentes. Delitos contra la vida y la integridad física: homicidio y lesiones. Delitos contra la libertad. Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales. La omisión del deber de socorro.

Tema 10. Los delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico. Delitos contra el patrimonio: de los hurtos (artículos 234 al 236); de los robos (artículos 237 al 242); del robo y hurto de uso de vehículos (artículo 244); de la usurpación. (artículos 245 al 247); de las defraudaciones: de las estafas (artículos 248 al 251) y de la apropiación indebida (artículos 252 al 254).

Tema 11. Delitos relativos a la ordenación del territorio y protección del medio ambiente. Delitos contra la seguridad colectiva: de los incendios, delitos contra la salud pública y contra la seguridad del tráfico. Las falsedades. Delitos contra la administración pública. Delitos contra el orden público.

Tema 12. La violencia de género. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la violencia de Género. Derechos de las Mujeres víctimas de violencia de género. Tutela institucional; Tutela Penal; Medidas Judiciales de protección y de seguridad de las víctimas.

Tema 13. Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores: de las medidas; instrucción del procedimiento, de las medidas cautelares; ejecución de las medidas.

Tema 14. Las faltas y sus penas. Faltas contra las personas. Faltas contra el patrimonio. Faltas contra los intereses generales. Faltas contra el orden público.

TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL

Tema 15. Tráfico, circulación y seguridad vial. Normas reguladoras. Normas de comportamiento en la circulación de vehículos y peatones. Bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes. Límites de velocidad y distancias exigibles. Prioridad de paso. Incorporación a la circulación. Cambios de dirección, sentido y marcha atrás.

Tema 16. Adelantamientos. Parada y estacionamiento. Cruce de pasos a nivel y puentes levadizos. Otras normas de circulación: apagado de motor. Cinturón, casco y restantes elementos de seguridad. Tiempo de descanso y conducción. Peatones. Auxilio. Publicidad. Animales.

Tema 17. La señalización. Normas generales sobre señales. Prioridad entre señales. Formato de las señales. Idioma de las señales. Mantenimiento de señales y señales circunstanciales. Retirada, sustitución y alteración de señales.

Tema 18. Las autorizaciones administrativas. Permisos y licencias de conducción. Permisos de circulación y documentación de los vehículos. La matriculación. La declaración de nulidad o lesividad y pérdida de vigencia. Suspensión cautelar.

Tema 19. Régimen sancionador: infracciones y sanciones. Tipificación de las faltas y graduación de las sanciones. Responsabilidad. Prescripción de las faltas y de las sanciones. Procedimiento sancionador: fases del procedimiento. Incoación. Tramitación. Pérdida de puntos. Recursos. Medidas cautelares: inmovilización y/o retirada del vehículo. Intervención del permiso o licencia de conducción.

POLICÍA ADMINISTRATIVO ESPECIAL

Tema 20. Actividad en materia de sanidad, consumo y abastos. Obras y edificación: competencias y licencias. Régimen Jurídico de los espectáculos públicos y de las actividades clasificadas. Licencias y autorizaciones.

Tema 21. Protección del medio ambiente. Normativa sobre emisiones y vertidos contaminantes. Humos, ruidos y vibraciones. Régimen sancionador en las infracciones administrativas.

Tema 22. Ordenación del Turismo en Canarias. Normativa básica. Sujetos, actividades y establecimientos regulados. Competencias de la Administración municipal en materia de turismo. Servicios públicos turísticos municipales. Infracciones turísticas.

Tema 23. Población y Ecología humana. Estructura de la población en Canarias. Multiculturalismo y cohesión social. Normativa actual en materia de extranjería. El análisis de los fenómenos demográficos en Canarias.

PARTE ESPECÍFICA PARTICULAR

Los Ayuntamientos convocantes establecerán dos temas específicos de su municipio. A efectos orientativos sobre su posible contenido se hacen públicos los siguientes supuestos:

Tema 24. Características del Municipio: ámbito geográfico, social, y demográfico. Toponimia general. Localización de centros públicos y lugares de interés. Organización del Ayuntamiento. Organigrama de la Corporación. Normativa interna de la policía. Estructura y distribución de efectivos. Instalaciones y recursos materiales.

Tema 25. Ordenanzas y Bandos del municipio relativas al espacio público y a la convivencia. Regulación y licencias de actividades. Normativa de urbanismo y de obras. Regulación de la actividad comercial y la venta ambulante.

Exclusiones médicas

1. Oftalmología.
- Deberá conseguirse con o sin cristales una agudeza visual de 2/3 en el ojo mejor y 1/2 en el otro.
- Retinopatía (Se admite la Coriorretinitis Central Serosa).
- Retinosis pigmentaria.
- Hemeralopia.
- Hemianopsia.
- Diplopia.
- Discromatopsias importantes.
- Glaucoma.
- Afaquias, pseudoafaquias.
- Subluxación del cristalino.
- Distrofia corneal progresiva o con disminución de la agudeza visual inferior a la permitida.
- Queratitis crónica.
- Alteraciones oculomotoras importantes.
- Dacriocistitis crónica.
- Párpados: cualquier patología o defecto que impida la protección del ojo a la intemperie.
- Tumores Oculares.
- Amputación importante del campo visual en ambos ojos.

2. Otorrinolaringología.

- No se admitirá audífono. 
- La agudeza auditiva conversacional será evaluada según normas P.G.M (Pérdida Global Monoaural) y no se admitirá pérdida superior al 16% en el oído peor. 
- Trauma Acústico o Sordera Profesional: No se admitirán pérdidas mayores a 22 decibelios en la frecuencia 4.000 hertzios, una vez descontada la pérdida normal para la edad según normas E.L.I. (EARLY LOSS INDEX). 
- Dificultades importantes en la fonación. 
- Perforación timpánica.

3. Aparato Locomotor. 
Enfermedades y limitaciones de movimientos en: 
a) Extremidades Superiores: 
Hombro: 
- Elevación progresiva en anteversión hasta 180º. 
- Abducción hasta 120º. 
- Dinamometría Escapular menor de 25 kilos. 
Codo: 
- Flexión hasta 140º. 
- Extensión hasta 0º. 
- Supinopronación: de 0º a 180º. 
Muñeca: 
- Flexo-Extensión hasta 120º. 
Mano y dedos: 
- Dinamometría: No inferior a 30 kilos en cualquiera de las manos. 
- Falta o pérdida de más de 1/3 de la falange distal del primer dedo de una mano. 
- Falta o pérdida de cualquier falange de cualquier dedo, excepto la falange distal del 5º dedo. 
- Falta de una mano o de cualquier parte de la misma, salvo los dedos según se describe anteriormente.
b) Extremidades inferiores: 
Cadera: 
- Flexión hasta 120º. 
- Extensión hasta 10º (más allá de 0º). 
- Tener una extremidad inferior más corta que la otra (mayor de 1 cm.). 
Rodilla: 
- Extensión completa
- Flexión hasta 130º. 
- Lesiones articulares o ligamentosas no reparables.
Tobillo: 
- Flexo-Extensión dorso plantar hasta 45º. 
Pie: 
- Pie Zambo. 
- Pie Plano. 
- Pie Plano Espástico. 
- Pie Cavus. 
Dedos: 
- Limitación de movimientos que dificulte andar, correr o saltar. 
- Falta de cualquier falange de cualquier dedo. 
- Dedos en garra que impidan llevar las botas de trabajo. 
- Hallux Valgus. 
- Dedo en martillo. 
c) Columna vertebral: 
- Escoliosis mayor de 7º. 
- Costilla accesoria que produzca “Robo de Subclavia”. 
- Hernia Discal. 
d) Enfermedades varias: 
- Fracturas que dejen secuelas y dificulten la función. - Osteomielitis. 
- Osteoporosis. 
- Condromalacia. 
- Artritis. 
- Luxación recidivante. 
- Miotonía congénita. 
- Cualquier otra enfermedad osteomuscular que limite la movilidad dificultando las funciones de Policía Local.

4. Aparato Digestivo. 
- Cirrosis. 
- Hepatopatías crónicas. 
- Pancreatitis crónica. 
- Ulcera sangrante recidivante. 
- Cualquier patología del aparato digestivo o intervenciones quirúrgicas que presenten secuelas funcionales con repercusiones orgánicas y que incidan negativamente en el desempeño de su trabajo. 
- Hepatopatías agudas con repercusión enzimática importante.

5. Aparato Cardiovascular. 
- Hipertensión arterial mayor de 150/90 mmHg.
 - Insuficiencia cardiaca. 
- Infarto de miocardio, ni haberlo sufrido anteriormente. 
- Coronariopatías. 
- Arritmias importantes. 
- Taquicardia sinusal permanente de más de 120 latidos por minuto. 
- Flutter. 
- Fibrilación. 
- Síndromes de preexcitación.
- Bloqueo aurículo-ventricular de 2º ó 3º grado.
- Extrasístoles patológicos.
- Valvulopatías.
- No se admitirán prótesis valvulares.
- Aneurismas cardiacos o de grandes vasos.
- Insuficiencia arterial periférica.
- Insuficiencia venosa periférica que produzca signos o éxtasis o alteraciones tróficas varicosas importantes.
- Secuelas post-tromboembólicas.
- Defectos y deformidades de los dedos y/o manos producidos por problemas de circulación, que sean sintomáticos o dificulten la realización satisfactoria de los trabajos de Policía de Policía Local.
 

6. Aparato Respiratorio.
- Disminución del VEMS POR DEBAJO DEL 80%.
- EPOC.
- Asma bronquial crónica.
- Atelectasia.
- Enfisema.
- Neumotórax recidivante.
- Otros procesos respiratorios que incidan negativamente en las prácticas a realizar en las tareas
específicas de Policía Local.


 7. Sistema Nervioso Central. 
- Parkinson, Corea o Balismo.
- Epilepsia.
- Esclerosis múltiple.
- Ataxia.
- Arterioesclerosis cerebral sintomática.
- Vértigo de origen central.
- Alteraciones psiquiátricas de base.
- Cualquier grado de hiposmia.


8. Piel y Faneras.
Cicatrices que produzcan limitación funcional importante, y aquellos procesos patológicos que, a juicio del Tribunal Médico, limiten o se agraven con el desempeño de la función de Policía Local.


9. Otros procesos patológicos que pudieran impedir el normal desarrollo de las funciones de policía local.
- Diabetes tipo I ó II.
- Diabetes insípida.
- Enfermedad de Cushing.
- Enfermedad de Addison.
- Insuficiencia renal crónica.
- Falta de un riñón.
- Enfermedades renales evolutivas.
- Hemopatías crónicas graves.
- Pruebas analíticas compatibles con patología de base.
- Tumores malignos invalidantes.
- Tuberculosis.
- Hernia inguinal.
- Análisis de Orina: Aluminuria y/o Cilindruria importantes.

10. Índice de Masa Corporal Será “igual o menor de 30 para varones, e igual o menor de 29 para mujeres”, según la fórmula peso en kilogramos dividido por talla en metros elevado al cuadrado (kg/talla2). 
 

11. No padecer alcoholismo y drogodependencia.


12. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio del tribunal médico, dificulte o impida el desarrollo de las funciones de policía local


13. Exclusiones circunstanciales: 
Enfermedades o lesiones agudas, activas en el momento del reconocimiento, que puedan producir secuelas capaces de dificultar o impedir el desarrollo de las funciones policiales. 
En estos casos, el Tribunal Médico podrá fijar un nuevo plazo para comprobar el estado de salud del aspirante, al final del cual certificarán si han desaparecido los motivos de la exclusión circunstancial.



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