CURSO-OPOSICIÓN: 
CELADOR
DEL SERVICIO CANARIO DE SALUD

PROMOCIONES

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Características del curso

¿Qué incluye el curso-oposición: Auxiliar Administrativo del Servicio Canario de Salud?

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FUNCIONES DEL CELADOR DEL SCS

El Celador del Servicio Canario de Salud desempeña las siguientes funciones en su jornada laboral. Estas funciones variarán dependiendo del lugar de trabajo y turno en que se encuentre:

• Ayudará a la movilización/traslado de los pacientes, tanto dentro de la Institución como en el servicio de ambulancias.
• Trasladará documentación, objetos importantes, correspondencia, comunicaciones verbales…
• Apoyará cuándo sea necesario al personal sanitario que requiera sus funciones.
• Realizará servicios de guardia en el centro en el que trabaje. Para ello, realizará diferentes turnos que pueden ser diurnos o nocturnos.

• Desempeñará tareas que pueden ser asignadas por sus superiores. Excepcionalmente, podrá desempeñar labores de limpieza cuándo así se requiera.
• Cuidará de que los enfermos no hagan un uso indebido de los enseres y material del centro.
• Servirá de ascensorista cuando se le asigne ese cometido o las necesidades lo requieran.
• Velará por conseguir el mayor orden de silencio posible en todas las dependencias del centro.
• Bañará a los enfermos cuando no puedan hacerlo por sí mismos, siempre que reciba órdenes para ello.

 

BOLSA de trabajo del Servicio Canario de Salud

El Servicio Canario de Salud organiza sus Listas de Empleo con vinculación a los procesos selectivos de personal estatutario.

Es decir, aquellos aspirantes que no obtienen plaza en las oposiciones, pasan a formar la lista de empleo o bolsa de trabajo, siempre que así lo hubieran hecho constar en la instancia de inscripción a pruebas selectivas.

Requisitos

Los requisitos de las oposiciones de Celador que deberás reunir para poder participar en la convocatoria, son los siguientes:

 

  • Titulación: Poseer el Certificado de Escolaridad o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes.  Serán admitidos aquellos títulos expedidos por los órganos competentes de los países miembros de
    la Unión Europea, así como por los otros países extranjeros siempre que estén oficialmente reconocidos y/u homologados, según proceda en cada caso, por el Ministerio de Educación.
     
  • Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
     
  • Capacidad: Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas que se deriven del correspondiente nombramiento. Los aspirantes que se presenten por el turno de personas con discapacidad, deberán tener reconocido y actualizado, un grado de discapacidad igual o superior al 33%. 
     
  • No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración Pública en los 6 años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el desempeño de funciones públicas ni para la profesión.
     
  • No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la liberta e indemnidad sexual.
     
  • Nacionalidad:
    1. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o nacional de cualquiera de los Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
    2. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

     

IMPORTANTE

Los aspirantes deberán reunir los requisitos que se especifican en el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión


Proceso selectivo

 • Fase de oposición:

La prueba de la oposición se basa en un único examen tipo test, incluido en el programa de la convocatoria.

 • Fase de concurso:

 La fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, consistirá en la valoración por el Tribunal Coordinador de los méritos que acrediten los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes. 

Temario

  • Tema 1. La atención al usuario en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social. La tarjeta individual sanitaria
  • Tema 2. El personal subalterno: funciones del Celador y del Jefe de Personal Subalterno
  • Tema 3. El Servicio de Admisión y vigilancia. Actuación del celador con los familiares de los enfermos. Actuación en las habitaciones de los enfermos y las estancias comunes
  • Tema 4. El celador en relación con los enfermos: traslado y movilidad de estos. Técnicas de movilización de pacientes. Traslado de paciente encamado, en camilla y en silla de ruedas. Posiciones anatómicas básicas. Uso y mantenimiento del material auxiliar (grúas, transfer, sillas, camillas, sujeciones, correas…). Actuación del celador en relación con los pacientes terminales. Aseo del paciente
  • Tema 5. Normas de actuación en los quirófanos. Normas de higiene. La esterilización
  • Tema 6. Actuación del celador en relación con los pacientes fallecidos. Actuación en las salas de autopsias y los mortuorios
  • Tema 7. Los suministros. Suministros internos y externos. Recepción y almacenamiento de mercancías. Organización del almacén. Distribución de pedidos
  •  Tema 8. Actuación del celador en la farmacia y en el animalario
  • Tema 9. El Traslado de documentos y objetos. Manejo y traslado de documentación sanitaria
  • Tema 10. Unidades de psiquiatría. La actuación del celador en relación con el enfermo mental. La actuación del celador ante una urgencia psiquiátrica. Tipos de reducción del paciente psiquiátrico. Traslado psiquiátrico
  • Tema 11. Actitudes a adoptar ante una emergencia: métodos de traslado, actuación de los celadores en un plan de catástrofes
  • Tema 12. Cuidados del enfermo contagioso: tipos de aislamientos
  • Tema 13. La actuación del celador en urgencias. El transporte de enfermos en ambulancias
  • Tema 14. Material para el transporte sanitario y su utilización. Material de recogida y transporte. Vehículos para el transporte sanitario

Méritos (Fase de Concurso)

Baremo de méritos de la fase de concurso de las pruebas selectivas para la cobertura de plazas básicas de Celador en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio canario de la Salud, aplicable al turno libre, al de promoción interna y al de reserva de discapacitados. 

 

I.- EXPERIENCIA PROFESIONAL.
Se valorará, hasta un máximo de 25 puntos, la experiencia profesional adquirida por el desempeño de las siguientes funciones:

1.A. Por cada mes de servicios prestados en la misma categoría a la que se concurre, en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud o en instituciones sanitarias públicas de un Estado miembro de la Unión Europea, 0,20 puntos.
1.B. Por cada mes de servicios prestados en la categoría a la que concurre en otras Administraciones Públicas de España o de un Estado miembro de la Unión Europea, 0,15 puntos.
1.C. Por cada mes de servicios prestados en la categoría a la que se concurre en Instituciones Sanitarias privadas concertadas y/o acreditadas para la docencia, de España o de un Estado miembro de la Unión Europea, computadas desde la fecha del concierto y/o acreditación: 0,10 puntos.
1.D. Por cada mes de servicios prestados en otra categoría distinta a la que concurre, en las instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud o en instituciones sanitarias públicas de un Estado miembro de la Unión Europea, 0,05 puntos.

 

II.- FORMACIÓN CONTINUADA.
Serán valoradas las actividades de formación que
estén relacionadas con la categoría a la que se concursa, hasta un máximo de 15 puntos, con arreglo al desglose que se señala a continuación. No se valorará la formación correspondiente a los ciclos formativos o planes de estudios tanto de la titulación requerida para el acceso a la categoría objeto de convocatoria, como de cualesquiera otras titulaciones o enseñanzas regladas. Sólo se valorarán los cursos realizados después de la obtención u homologación de la titulación habilitante para el ejercicio profesional.
II.1. Diplomas y Certificados obtenidos en cursos relacionados con la categoría a la que se opta que hayan sido acreditados por la Comisión de Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud u órganos equivalentes de las Comunidades Autónomas, así
como por aquellos organismos en los que se hubiere delegado dicha competencia:
a) 0,60 puntos por cada crédito como docente.
b) 0,30 puntos por cada crédito como discente.
c) 0,060 puntos por hora lectiva como docente.
d) 0,030 puntos por hora lectiva como discente.
- Un mismo curso no podrá ser objeto de valoración por más de uno de los subapartados anteriores, por lo que se computará por el que resulte más favorable al interesado.
II.2. Diplomas y Certificados no valorados en el apartado anterior, obtenidos en cursos que estén relacionados con la categoría a la que se opta, impartidos, acreditados u homologados por Órganos o Instituciones de las Administraciones Educativa o Sanitaria públicas, Centros Públicos de formación de empleados públicos, Centros Universitarios, Instituto Canario de Formación y Empleo u Organismo homólogo de las restantes Administraciones Públicas.
Asimismo se valorarán los organizados por organizaciones sindicales, Colegios Profesionales,
Sociedades Científicas o entidades sin ánimo de lucro al amparo de norma reguladora de rango suficiente que avale estos procesos formativos y que deberá constar en los mismos o bien, se certifique en documento anexo. A estos efectos, se entenderán avalados por norma reguladora de rango suficiente, los diplomas o certificados obtenidos en cursos que se hayan impartido al amparo de Convenio suscrito con cualquiera de los Organismos o Instituciones Públicas señalados en el párrafo anterior, o bien que hayan sido acreditados, homologados y/o subvencionados por los mismos y siempre que dichas circunstancias consten en el propio
título o diploma o bien se certifique en documento anexo.

a) 0,030 puntos por hora lectiva como docente.
b) 0,015 puntos por hora lectiva como discente.
- Un mismo curso no podrá ser objeto de valoración por más de uno de los subapartados anteriores, por lo que se computará por el que resulte más favorable al interesado.
- No serán objeto de valoración los diplomas relativos a la realización de jornadas, seminarios, simposios o similares si no están debidamente acreditados por la Comisión de Formación Continuada del SNS o por la Comisión Autonómica.
- Cuando la acreditación de los cursos o diplomas figuren en créditos, se realizará la equivalencia de un crédito igual a 10 horas.

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